Rige la prohibición de entrega de bolsas plásticas no reutilizables en los comercios de la Ciudad de
La Ordenanza en su artículo primero prohíbe en todo el territorio de la localidad de Montecarlo, la distribución de bolsas plásticas tipo camisetas no biodegradables y oxibio-degradables por parte de todos los locales comerciales.
Cabe destacar que esta ordenanza se implementó en varias etapas , la primera: concientización y publicidad.
La segunda etapa: 90 días a partir del 01/01/2019: informar y concientizar, con la posibilidad de distribuir bolsas plásticas tipo camiseta con costo, sin cupo.
Tercera etapa: a partir del 01-04-19, durante 3 meses autorización para distribuir hasta 2 bolsas plásticas tipo camiseta, con costo.
Cuarta etapa: a partir del 01-07-19, prohibición definitiva de la distribución de bolsas plásticas, tipo camiseta.
Los titulares de los establecimientos que comerciales podrán disponer a la venta o entrega gratuita, las bolsas reutilizables de red, tela, papel, friselina, como reemplazo de las bolsas plásticas tipo camiseta.
El incumplimiento o trasgresión a la presente ordenanza, hará pasible a los titulares del establecimiento en el que se verifique la infracción, de la aplicación de las siguientes sanciones por parte de la Autoridad de Aplicación (áreas Municipales de Bromatología y Comercio, y otras designadas por el D.E.M.):
1) Apercibimiento, que podrá ser aplicado una sola vez al infractor.
2) Multas : a) primera vez luego del apercibimiento: 50 U.F.
b) reincidencia: 100 U.F.
3) Clausura temporaria del establecimiento que no podrá exceder de un (1) mes.
Fuente: https://www.montecarlo.gob.ar/?q=content/rige-la-prohibicion-entrega-bolsas-plasticas-no-reutilizables-en-los-comercios-la-ciudad